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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deben remitir información sobre la ejecución de los presupuestos y Período Medio de Pago antes  de que finalice el día 31 de julio de 2024.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones locales están obligadas con carácter anual, a remitir información sobre las líneas fundamentales de los Presupuestos para el ejercicio siguiente.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deben remitir información sobre la ejecución de los presupuestos y Período Medio de Pago antes  de que finalice el día 31 de octubre de 2024.
 
 
Las Corporaciones de población superior a 5.000 deberán remitir también el informe de morosidad.
 
Fuente: Obligaciones suministro de información.
 
Atentamente 
Equipo
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - 31 de enero

De acuerdo con la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria  y Sostenibilidad Financiera, las Corporaciones Locales deberán remitir la siguiente información:
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - EJECUCIÓN 1ºT

El artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012  por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, establece que las Corporaciones Locales deberán, antes del último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre, remitir información sobre la ejecución presupuestaria. 
 
No obstante y de acuerdo con el punto 10 del citado artículo, los municipios de menos de 5.000 habitantes sólo deberán remitir información sobre el calendario y presupuesto de tesorería y sobre el Período medio de pago.
 
La aplicación Autoriza estará abierta hasta el día 30/04/2023.
 
Fuente: Ministerio.
 
Atentamente;
Equipo SAEL
 
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - PLAN DE AJUSTE

El artículo 10 de la Orden HAP/2105/2012  por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, establece que las Corporaciones Locales que tengan aprobado un Plan de Ajuste deberán enviar antes del día 30 de cada mes siguiente a la finalización de cada trimestre, información que determina el punto uno de dicho artículo a efectos de realizar su seguimiento y, en su caso, actualización.
 
La aplicación Autoriza estará abierta hast el día 30/04/2023.
 
Fuente: Ministerio.
 
Atentamente;
Equipo SAEL
 
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN CIR-LOCAL 2023

De acuerdo con el artículo 17 de la Orden HAP 2105/2012, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y de acuerdo con el apartado III del capítulo 2º de la Resolución de 9 de septiembre de 2015, por la que se determina el principio de prudencia financiera en los avales y activos financieros de los mismos, las entidades locales deben informar sobre la variación neta a cierre del ejercicio anterior en términos de contabilidad nacional.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PRESUPUESTO 2024

De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, las Corporaciones Locales deberán enviar con anterioridad al 15 de septiembre información sobre las Líneas fundamentales del presupuesto para el ejercicio siguiente.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN PRESUPUESTOS

Se recuerda que de acuerdo con el artículo 15.3 de la Orden HAP 2105/25012, por la que desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que las Entidades Locales deberán remitir hasta el 31 de Enero de cada año información sobre los presupuestos aprobados, o en su caso la prórroga.

Equipo 

sael

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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN SOBRE PERSONAL

De acuerdo con el artículo 7.4 de la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la L.O. 2/2012 de EPSF, establece que las Entidades Locales deberán remitir información relativa a número de efectivos y clase de personal.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN, LÍNEAS FUNDAMENTALES DEL PRESUPUESTO

De acuerdo con el artículo 15 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de EPYSF, las Corporaciones Locales deberán remitir, antes del día 15 de septiembre, información sobre las líneas fundamentales del presupuesto.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: ESFUERZO FISCAL MEDIO

Con el fin de proceder a la liquidación definitiva de la participación de los Ayuntamientos en los tributos del Estado correspondientes a 2022, y a efectos de poder determinar el Esfuerzo Fiscal medio de cada municipio de acuerdo con el artículo 124.1.b del RDL 2/2004, las respectivas Corporaciones Locales deberán facilitar, antes del 30 de junio del año 2024, información sobre el esfuerzo fiscal medio del ejercicio 2022.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: ISPA

El artículo 7.4 de la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la LO 2/2012 de ESYSF, establece que las entidades locales deberán remitir, una vez aprobados sus correspondientes presupuestos y estados financieros, información detallada sobre los gastos de personal.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN: VARIACIÓN ACTIVOS NETOS FINANCIEROS

La OVEELL vuelve a abrir la aplicación CIR Local en Autoriza para que las entidades locales comuniquen la variación de activos netos financieros a 31 de diciembre 2023, de acuerdo con el artículo 17 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley Orgánica 2/2012 de ES y SF.
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OBLIGACIONES SUMINISTRO INFORMACIÓN

De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera, las corporaciones locales deberán remitir al ministerio a través del portal Autoriza, información sobre los planes presupuestarios a medio plazo.
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PLAN PRESUPUESTARIO A MEDIO PLAZO Y TIPOS IMPOSITIVOS

De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HAP 2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012 de EPYSF, las Entidades Locales deberán remitir antes del 15 de marzo de cada ejercicio, información sobre los planes presupuestarios a medio plazo en los que se enmarcará la elaboración de los presupuestos anuales, de acuerdo con la información disponible sobre el objetivo de estabilidad presupuestaria y de deuda pública.
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Plazo extraordinario para suministro de información

El Ministerio de Hacienda, a través de la Oficina Virtual para la coordinación financiera con las entidades locales, abre un período extraordinario para remitir la siguiente información no enviada en su momento, en cumplimiento de las obligaciones de suministro de información contenidas en la Orden HAP 2105/2012. Estas son:

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