OBLIGACIONES SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - EJECUCIÓN 1ºT
El artículo 16 de la Orden HAP/2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la Ley Orgánica 2/2012 de EPSF, establece que las Corporaciones Locales deberán, antes del último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre, remitir información sobre la ejecución presupuestaria.
No obstante y de acuerdo con el punto 10 del citado artículo, los municipios de menos de 5.000 habitantes sólo deberán remitir información sobre el calendario y presupuesto de tesorería y sobre el Período medio de pago.
La aplicación Autoriza estará abierta hasta el día 30/04/2023.
Fuente: Ministerio.
Atentamente;
Equipo SAEL
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