Se ha publicado en el BOE de 01 de abril de 2020, el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Se ha publicado en la web de la oficina de Coordinación Financiera con las EELL (OVEELL), la evolución de los saldos de las cuentas 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” de las Ayuntamientos a fecha 20 de marzo de 2020.
OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN DERIVADAS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y LA D.A.3ª DEL RD 463/2020, de 14 de marzo.
20/03/2020
Como sabrán, el Consejo de Ministros aprobó el pasado sábado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Las medidas previstas se encuadran en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. En lo que respecta a la actuación administrativa, la DA 3ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, recoge la suspensión de plazos administrativos, de tal manera que:
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