El día 3 de agosto se publicó en la página del SAEL, Gestor de consultas noticias, información sobre la adhesión a los Fondos de Financiación, tanto para el compartimento Fondo de Ordenación como Fondo de Impulso Económico. El plazo para solicitar la adhesión es hasta el día 14 de septiembre.
La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales ha habilitado una aplicación informática para que los interventores de las entidades locales proporcionen al Instituto de Crédito Oficial la información necesaria para atender las necesidades financieras que se van a devengar en el año 2021 respecto de las solicitudes presentadas para la adhesión al Fondo de Ordenación y Fondo de Impulso Económico regulados en el Real Decreto-Ley 17/2014.
Se han elaborado dos guías al objeto de explicar el funcionamiento y la forma de cumplimentación de la citada aplicación informática que persigue que se suministren los datos necesarios para que se pueda proceder a las transferencias que cubran las correspondientes necesidades financieras.
En el BOE de 30 de agosto de 2021 se publican dos resoluciones aprobadas por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación a las cuentas generales del sector público local de los ejercicios 2017 y 2018.
Entre otras cosas se recomienda:
- Se insta a reformar la normativa actual sobre el procedimiento, plazo y forma de rendición de la cuenta general.
- Se insta a la reestructuración o disolución de las mancomunidades, los consorcios y las entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM) que no estén desarrollando actividad, ni prestando servicio alguno; así como de las entidades del sector público local empresarial, de modo que su permanencia responda a razones de eficiencia, estabilidad, racionalidad y sostenibilidad financiera.
En al oficina virtual para la coordinación financiera de las entidades locales se ofrece información relativa a los pagos al sistema de financiación de las corporaciones locales, así como el listado mensual de municipios a los que se le ha aplicado retención por incumplimiento de la comunicación de la liquidación del presupuesto según apartado 1 del Art. 36 de la Ley 2/2011.