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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

SAEL: Aprobacion de la cuenta general

 

La cuenta general, con el informe de la Comisión Especial , será expuesta al público por plazo de 15 días durante los cuales los interesados podrán examinarla y presentar reclamaciones, reparos u observaciones. Examinados estos por la Comisión Especial y practicadas por esta cuantas comprobaciones estime necesarias emitirá nuevo informe.

Acompañada de los informes de la Comisión Especial de Cuentas y de las reclamaciones y reparos formulados, la Cuenta General se someterá al Pleno de la Corporación para que, en su caso, pueda ser aprobada antes del día 1 de octubre.

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BOE: Ayudas para la elaboracion de proyectos piloto de planes de acción social local de la agencia urbana Española

Se publica en el BOE de fecha 13 de septiembre por orden TMA/957/2021 las siguientes ayudas:

El objeto de las ayudas es financiar la elaboración de proyectos piloto de Planes de Acción local de la Agenda Urbana Española que garanticen, en un plazo razonablemente corto, su alineación con los objetivos, la metodología de trabajo y el enfoque transversal, estratégico e integrado propuestos por aquélla. Dicho plazo no podrá exceder de un año a contar desde la publicación de la presente convocatoria.

La presente convocatoria se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España aprobado definitivamente por Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021 sobre la base de la propuesta aprobada por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021, y se desarrollará de conformidad con las bases reguladas por esta misma Orden, en régimen de concurrencia competitiva.

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BOJA: Decreto-ley 18/2021, de 7 de septiembre, por el que se regula el aplazamiento y fraccionamiento especial del pago de deudas de EELL con la Junta de Andalucía y se establecen otras normas recaudatorias.


La situación actual de algunas corporaciones locales, especialmente ayuntamientos, derivada de sus deudas con la Junta de Andalucía les impide afrontar a corto plazo sus obligaciones tributarias y el cumplimiento de pago de otras deudas de Derecho Público con la Comunidad Autónoma de Andalucía. El hecho de no estar al corriente de sus obligaciones con la Junta de Andalucía puede impedirles ser beneficiarias de subvenciones, de acuerdo con el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. Por ello, se considera oportuno y necesario regular un aplazamiento y fraccionamiento especial, con un periodo de carencia máxima para los dos primeros años.

El Instrumento Europeo de Recuperación «Next Generation» va a posibilitar la llegada de fondos europeos a todas las Administraciones Públicas. Esta posición deudora de algunas corporaciones locales pone en riesgo su recuperación, ya que podría impedir el acceso de las mismas a los referidos fondos, con el consiguiente perjuicio para la ciudadanía, al constituir los fondos europeos una palanca necesaria y fundamental para la reactivación económica.

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