De acuerdo con la Orden HAP 2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la Ley orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se informa de las próximas obligaciones de suministro:
La Secretaría General de Financiación Autonómica y Local a través de la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales ha publicado una nota informativa sobre el régimen legal aplicable a las operaciones de endeudamiento a largo plazo a concertar por las entidades locales en el ejercicio 2022.
La ley 22/2021 de PGE para el año 2022 establece la fórmula para el cálculo del esfuerzo fiscal de 2020 de los municipios, necesario para proceder a la liquidación definitiva de su participación en los tributos del Estado correspondiente a 2022.
El artículo 122 del RDL 2/2004 dice que participarán en los tributos del Estado conforme al modelo descrito en esta sección los municipios no incluidos en el artículo 111 de esta ley. Es decir, que no sean capitales de provincia, o de comunidad autónoma, o que tengan una población de derecho inferior a 75.000 habitantes.
Se aprueba por Orden Ministerial el importe a percibir por las entidades locales como compensación por el efecto de la implantación del Suministro Inmediato de información del Impuesto sobre el Valor Añadido (SII-IVA) en la liquidación de la participación en los tributos del Estado de 2017, de conformidad con lo dispuesto en la D.A. 86ª de la ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.