Se aprueba por Orden Ministerial el importe a percibir por las entidades locales como compensación por el efecto de la implantación del Suministro Inmediato de información del Impuesto sobre el Valor Añadido (SII-IVA) en la liquidación de la participación en los tributos del Estado de 2017, de conformidad con lo dispuesto en la D.A. 86ª de la ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
El texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 62, apartado 2, letra a), que estarán exentos, previa solicitud, los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo, en cuanto a la superficie afectada a la enseñanza concertada. Añade dicho precepto que esta exención deberá ser compensada por la Administración competente.
La Federación Española de Municipios y Provincias y el Ministerio de Educación y Formación Profesional suscriben convenio para desarrollar actuaciones en materia de educación en el ámbito local.
El objeto es la puesta en marcha y , en su caso, la continuación de diferentes actuaciones que, en materia de educación, se van a desarrollar en el ámbito local, para mejorar su calidad y contribuir a la plena integración de la acción educativa en la vida local.
Se convocan para el periodo 2021-2023 los incentivos para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios del reto demográfico (Programa PREE 5000), acogidos al Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto. De acuerdo con el artículo 1.4 del RD 691/2021 se entenderá por municipios de reto demográfico los municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Las actuaciones se llevarán a cabo en edificios para uno o varios de los siguientes usos:
Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio de 30 de junio de 2022, se convoca la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio de 30 de junio de 2022, se convocan ayudas para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de planes y proyectos dirigidos a mejorar las zonas comerciales turísticas, incluidas actuaciones para la inversión en nuevas tecnologías; soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia energética; procesos eficientes desde el punto de vista ecológico y reciclado de residuos; formación profesional; firma digital integrada adaptada a los visitantes extranjeros y adaptación de espacios públicos para mejorar la accesibilidad y la movilidad.
El Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) a través del Plan de Formación y sus condiciones generales para el año 2022, convoca tres cursos específicos de especialización para el ámbito local para el año 2022.
Se convocan dentro del Programa de Reconocimiento del Marco general para la mejora de la Calidad en la Administración General del Estado establecido por Real Decreto 951/2005, el Reconocimiento a la Excelencia y Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XVI Edición.
Se realiza la convocatoria para el ejercicio 2024 de las ayudas públicas en el marco de la Línea de Fomento de Innovación desde la Demanda (Línea FID) para la Compra Pública de Innovación (CPI).
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la rehabilitación de edificios de titularidad pública y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas aquellas entidades locales (EELL), entendiendo por tales, los municipios, con independencia de su tamaño y población, las Diputaciones Provinciales, los Cabildos y Consells insulares que sean titulares de un inmueble que cumpla las condiciones exigidas en las bases reguladoras.
De acuerdo con el artículo 15 de la orden HAP 2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la L.O. 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las corporaciones locales deberán envíar antes del día 1 de noviembre de cada ejercicio, la información relativa al coste efectivo de los servicios que prestan, partiendo de los datos contenidos en la liquidación del presupuesto general y, en su caso, de las cuentas anuales aprobadas de las entidades vinculadas o dependientes, correspondientes al ejercicio inmediato anterior, de acuerdo lo previsto en la Orden por la que se establecen los criterios de cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales.
Se convoca por la Secretaría General de Innovación para el ejercicio 2022 , la concesión de la distinción "Ciudad de la ciencia y la Innovación" , mediante el régimen de concurrencia competitiva.
Se señalan en amarillo los municipios que tienen retenida en su totalidad la entrega a cuenta de la PIE durante ese mes en cumplimiento del artículo 36 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, que establece la forma de actuación ante el incumplimiento por las Entidades locales de la obligación de remitir la información relativa a la liquidación de sus presupuestos a la Administración General del Estado.
De acuerdo con el artículo 116 de la ley 31/2022 de PGE para el año 2023, con el fin de proceder a la liquidación definitiva de la participación de los Ayuntamientos en los tributos del Estado, correspondientes a 2023, las respectivas Corporaciones Locales deberán facilitar, antes del 30 de junio del año 2023, información sobre el esfuerzo fiscal de 2021.
Se publica Nota de Prensa de los acuerdos de la CDGAE para la distribución de fondos:
Primer Acuerdo: Distribución de los fondos para aquellos ayuntamientos que hicieron su solicitud entre julio y septiembre de 2022 para el Fondo de Ordenación y Fondo de Impulso Económico, y se aprueban las condiciones financieras de los préstamos que se suscriban con cargo al Fondo de Financiación; amortización hasta 31 de marzo de 2033 y período de carencia de 2 años.
Segundo Acuerdo: Se aprueba un nuevo procedimiento y la asignación para 2023 de los importes necesarios para atender las obligaciones pendientes de pago de las Entidades Locales con sus proveedores.
La Disposición Adicional 94 de la ley 22/2021 de Presupuestos Generales del Estado para 2022, amplía el ámbito objetivo y subjetivo del Fondo de Financiación a Entidades Locales para el ejercicio 2022, regulado en el Real Decreto-Ley 17/2014.
Se publica extracto del acuerdo adoptado por la CDGAE el 5 de abril de 2022, relativo a la asignación de los fondos correspondientes al fondo de ordenación del fondo de financiación a entidades locales, para atender las obligaciones pendientes de pago a proveedores de determinadas entidades locales.
Se actualiza el calendario previsto respecto al procedimiento que deben seguir los ayuntamientos adheridos a los Fondos de Ordenación y de Impulso Económico, del Fondo de Financiación a Entidades Locales, para atender las necesidades financieras de 2022 que fueron comunicadas previamente.