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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

Premios "FAMP" a la Gobernanza Local

La Federación Andaluza de Municipios y Provincias convoca los premios FAMP a la Gobernanza Local con el objeto de reconocer la labor de municipios, entidades, representantes institucionales, profesionales municipales e instituciones tanto públicas como privadas que han contribuido a la transformación económica y social que los ayuntamientos andaluces han impulsado en la democracia y a la comprometida y decisiva labor que estos han desempeñado durante la pandemia ocasionada por la Covid-19.

La Federación Andaluza de Municipios y Provincias desea con estos premios divulgar, reconocer y visibilizar el papel estratégico de los Gobiernos Locales y el intrínseco carácter democrático y participativo de los Ayuntamientos, así como de las personas, entidades e instituciones que contribuyen a esa labor.

Se establecen cinco categorías diferentes de premios contenidos en las bases reguladoras.

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Revisión excepcional de los contratos públicos de obra

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057 y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras.
 
En este real decreto-ley se han aprobado medidas de carácter extraordinario para permitir una revisión excepcional de los precios de los contratos públicos de obras afectados por la subida de los precios de los materiales. 
 
De acuerdo con la norma aprobada por el Gobierno en los contratos públicos de obras, de manera excepcional ya sean administrativos o privados, adjudicados por cualquiera de las entidades que formen parte del sector público estatal y que se encuentren en ejecución coincidiendo con la entrada en vigor de este real decreto-ley, con independencia del régimen jurídico que por razón temporal o de la materia se aplique al contrato, se reconocerá al contratista la posibilidad de una revisión excepcional de precios. Lo dispuesto será también aplicable en el ámbito de las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla que así lo acuerden.
 
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