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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

Coste efectivo de los servicios

De acuerdo con el artículo 15 de la orden HAP 2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la L.O. 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las corporaciones locales deberán envíar antes del día 1 de noviembre de cada ejercicio, la información relativa al coste efectivo de los servicios que prestan, partiendo de los datos contenidos en la liquidación del presupuesto general y, en su caso, de las cuentas anuales aprobadas de las entidades vinculadas o dependientes, correspondientes al ejercicio inmediato anterior, de acuerdo lo previsto en la Orden por la que se establecen los criterios de cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales.

Ministerio, Entidades Locales, OVEELL, Obligaciones Suministro Información

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