En el BOE número 51 de 1 de marzo de 2023 se publica la ley 3/2023 de Empleo.
El artículo 7 de la ley regula la dimensión autonómica y local de las política de empleo.
De acuerdo a este artículo le corresponde a las entidades locales, en el marco de sus competencias, la colaboración y cooperación con las demás administraciones para el logro de los objetivos del art. 4 y demás contenidos en la legislación de referencia, siendo de especial relevancia el desarrollo de la dimensión local de la política de empleo.
Así mismo se reconoce la singularidad institucional de las Corporaciones locales para la puesta en marcha y desarrollo de políticas de empleo, que se articulará a través del principio de cooperación y de convenios con otras Administraciones.
También podrán participar en el proceso de concertación territorial de las políticas activas de empleo, mediante su representación y participación en los órganos de participación institucional de ámbito autonómico que cada Comunidad Autónoma decida en el ejercicio de su competencia.
Para ampliar información se facilita enlace de la publicación:
De acuerdo con el art.14 del RD 605/1999 en relación al art.179 y concordantes de la L.O. 5/1985 (LOREG), del Régimen Electoral General. se publica en el BOP número 39 de 1 de marzo de 2023 de la provincia de Cádiz , agrupados por partidos judiciales; relación de municipios , población a fecha 1 de enero 2022 y concejales que le corresponden.
Así mismo y de acuerdo con el art.14 del RD 605/1999, en relación con los artículos 199.1 y 3 de la LO 5/1985 y 127.2 de la ley 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía se publica relación de Entidades Locales Autónomas, municipio al que pertenecen, tramo de población y Número de vocales que le corresponden.
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El Pleno de la Diputación Provincial, en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de febrero de 2023, aprobó el Plan de Asistencia Económica para la realización de inversiones en actuaciones de pavimentación viaria 2023.
El presente Plan de Asistencia Económica contiene:
1.- Los "Criterios Básicos" que deben cumplir los Municipios incluidos en su ámbito subjetivo
2.- Las "Bases Reguladoras" del Plan
3.- El "Anexo I" de Propuesta priorizada de Asistencia Económica.
Podrán ser entidades beneficiarias del presente plan los Municipios de la provincia de Cádiz de hasta 20.000 habitantes y las Entidades Locales Autónomas igualmente pertenecientes a la provincia de Cádiz.
Para incorporarse al Plan las entidades deberán cumplimentar el modelo de Propuesta priorizada de asistencia económica establecido en el Anexo I, firmada por la persona que represente la entidad, a través del Registro Electrónico, dirigida al Área de Vicepresidencia Cuarta, Cooperación y Asistencia a Municipios.
El plazo de presentación de la propuesta será de 10 días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio indicativo del Proyecto de Plan en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
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De acuerdo con el artículo 7.4 de la Orden HAP/2105/2012 por el que se desarrollan las obligaciones de suministro de información de la L.O. 2/2012 de EPSF, establece que las Entidades Locales deberán remitir información relativa a número de efectivos y clase de personal.