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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

Resolución de 14 de junio de 2017 sobre la modificación relativa a la remisión al tribunal de cuentas

Se publica en el BOE de 21 de junio de 2017 Resolución de 14 de junio de 2017, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 30 de mayo de 2017, sobre modificación de la Instrucción general relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebradas por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de noviembre de 2013.

Obligación de las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico de remitir electrónicamente al Tribunal de Cuentas:

  • Convenios cuyos compromisos económicos asumidos superen los 600.000 euros, así como la de comunicar las modificaciones, prórrogas o variaciones de plazos, alteración de los importes de los compromisos económicos asumidos y la extinción de los convenios indicados. Esta documentación se remitirá dentro de los tres meses siguientes a la suscripción del mencionado convenio. La documentación a remitir será copia del documento de formalización y la memoria justificativa sobre la necesidad e impacto económico, a la que se refiere el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).
  • Extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebradas por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico. Esta documentación se remitirá a  lo largo de todo el año.

Obligación de los organismos y entidades del sector público estatal y autonómico que no tienen la consideración de Administración Pública de remisión telemática al Tribunal de Cuentas:

  • de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebradas por esas entidades
  • la formalización y la memoria justificativa de los convenios cuyos compromisos de gasto excedan de 600.000 euros, así como sus incidencias, en los mismos términos expresados para las entidades que tienen la consideración de Administración Pública.

Puede consultar la Resolución del BOE aquí.

 

Atentamente,

Equipo CAEL.