SUBVENCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN, AMPLIACIÓN O MEJORA DE LA RECOGIDA SEPARADA DE BIORRESIDUOS DESTINADOS A INSTALACIONES ESPECÍFICAS DE TRATAMIENTO BIOLÓGICO
Por Orden de 4 de septiembre de 2023 de la Consejería de sostenibilidad, medio ambiente y economía azul, se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (línea 1) y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
Podrán ser entidades beneficiarias de esta línea de financiación:
- Proyectos tipo A: Los municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios o empresas públicas constituidos por dichas entidades locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos a una población de derecho igual o superior a 5.000 habitantes a fecha 1 de enero de 2020 y que presenten proyectos implantación, ampliación o mejora, que promuevan la recogida selectiva de materia orgánica sobre los servicios de su competencia para su financiación.
- Proyectos tipo B: Los municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios o empresas públicas constituidos por dichas entidades locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos a una población de derecho inferior a 5.000 habitantes a fecha 1 de enero de 2020 y que presenten proyectos implantación, ampliación o mejora que promuevan la recogida selectiva de materia orgánica sobre los servicios de su competencia para su financiación.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín de Oficial de la Junta de Andalucía este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a partir de las 00:00 horas; el plazo concluirá a las 23:59 horas del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Para ampliar información se facilita enlace de la Orden de convocatoria
Equipo
Junta de Andalucía, Subvenciones, BOJA, Entidades Locales, Municipios, Orden