SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL EN ANDALUCÍA
Se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la línea 8 de la orden de 5 de octubre de 2020 por la que se regulan las bases reguladoras, dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Podrán ser entidades beneficiarias los ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos, de Andalucía.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Para ampliar información se facilita los enlaces de las bases reguladoras y de la convocatoria:
Junta de Andalucía, Subvenciones, BOJA, Entidades Locales, Resolución