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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

Publicación BOJA

Se publica en el BOJA de hoy, 7 de marzo de 2017, el Decreto 39/2017, de 1 de marzo, sobre libros de actas de acuerdos de órganos colegiados y de resoluciones de la presidencia de las entidades locales andaluzas, así como sobre registros de entrada y salida de documentos.

En virtud de la competencia exclusiva en materia de Régimen Local en las cuestiones que incluye el artículo 60.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y de acuerdo con lo establecido en la legislación estatal (Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 19/2013, 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y al Buen Gobierno) se dicta este Decreto que prevé la utilización por las entidades locales andaluzas de medios electrónicos para la recogida de las actas de los acuerdos de los órganos colegiados y de las resoluciones de sus órganos unipersonales de gobierno en los correspondientes libros que tienen el carácter de instrumentos públicos solemnes, así como los Registros de Entrada y Salida de documentos.

Su artículo primero, en cuanto a lo que a los libros de actas se refiere, elimina la exigencia de usar papel timbrado del Estado o numerado por la Comunidad Autónoma. Sólo se requerirá que las hojas estén debidamente foliadas, rubricadas por la presidencia y con el sello de la Corporación.

El libro de actas o de resoluciones en soporte electrónico será una aplicación informática en la que estén contenidas dichas actas y resoluciones, y en soporte papel será el conjunto de hojas en formato papel que las contengan, garantizándose en ambos soportes su veracidad, autenticidad e integridad. Será preferente el soporte electrónico.

 

Puede descargar aquí el texto íntegro del Decreto.

 

Atentamente,

CAEL