Obligaciones suministro de información
De acuerdo con la orden HAP 2105/2012 por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información contenidas en la L.O. 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, las entidades locales deberán cumplir próximamente con sus obligaciones en los siguientes supuestos:
Artículo 10. Plan Ajuste
Informe sobre su seguimiento y actualización, en su caso.
Artículo 16. Obligaciones trimestrales de suministro de información
Ejecución del primer trimestre del presupuesto 2022.
Las entidades locales de población no superior a 5.000 habitantes están exentas de remitir la obligación sobre la ejecución presupuestaria durante los tres primeros trimestres del ejercicio, excepto, en lo que se refiere a la actualización del plan de tesorería y al cálculo del PMP de acuerdo con la metodología prevista en el Real decreto 635/2014 (puntos 7 y 8 del art.16).
Para ambos casos la aplicación estará abierta hasta el día 30 de abril y para el caso de la ejecución presupuestaria se facilita enlace de la una guía para la cumplimentación de los datos.
Fuente: Ministerio
Atentamente;
Equipo SAEL