Subvenciones para financiar proyectos innovadores para la transformación territorial y lucha contra la despoblación
Regulación : Orden TED/1358/2021 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial, que desde una dimensión económica, social, medioambiental y de género propicien la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación y revaloricen el espacio rural.
Las ayudas se destinarán a financiar proyectos innovadores de carácter singular y demostrativo, que tengan como finalidad la lucha contra la despoblación, el desarrollo sostenible y la transición ecológica.
Se establecen tres modalidades de proyectos, para el caso de las entidades locales son las de la modalidad A, que establece:
- Proyectos institucionales promovidos por entidades locales, que tengan como finalidad fomentar la creación y el desarrollo de ecosistemas de inteligencia e innovación territorial o el apoyo a proyectos tractores que reactiven la actividad socioeconómica con la finalidad de afrontar el reto demográfico y la lucha contra la despoblación.
Los proyectos podrán desarrollarse en uno o varios municipios, siendo elegibles tanto los municipios con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes, como aquellos municipios de más de 5.000 habitantes, siempre y cuando las actuaciones se desarrollen en entidades locales menores con una población inferior a los 5.000 habitantes.
Podrán ser Beneficiarios para los proyectos de la Modalidad A:
1.º Los ayuntamientos o agrupaciones de ayuntamientos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2.º Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, y las comunidades autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales.
3.º Los consejos comarcales u otras entidades locales que agrupen a varios municipios, instituidas por las comunidades autónomas.
4.º Las mancomunidades de municipios, siempre que tengan contempladas entre sus fines el desarrollo económico, el fomento del empleo u otros análogos que las legitimen para ejecutar las operaciones.
5.º Los organismos autónomos vinculados o dependientes de cualquiera de las entidades locales territoriales citada.
Las subvenciones se podrán solicitar a partir del primer día hábil tras la publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma, en el Boletín Oficial del Estado, durante un plazo de treinta días hábiles, en la sede electrónica asociada del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Para más información se facilita enlace de la presente Orden
Fuente: Ministerio
Atentamente,
Equipo SAEL.