Nueva regulación del Impuesto sobre Incrementos de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana
ACTUALIZACIÓN
9 de noviembre 2021
En el BOE número 268 de 09 de noviembre de 2021 se publica el Real Decreto-Ley 26/2021 por el que se da nueva redacción al IIVTNU regulado en RDL 2/2004 (TRLRHL). Con esta nueva regulación el gobierno pretende dar constitucionalidad al texto para que refleje la realidad del mercado inmobiliario.
Los aspectos a destacar son los siguientes:
- El contribuyente podrá elegir entre tributar por la ganancia real obtenida por la venta del suelo o por el resultante de aplicar un sistema objetivo de determinación de la base imponible que se convierte en un sistema optativo.
- Se gravarán las plusvalías generadas en menos de un año ya que son aquellas con mayor componente especulativo.
- La aplicación del método objetivo se realizará mediante la aplicación de unos coeficientes que serán actualizados anualmente por norma de rango legal pudiendo hacerse mediante las leyes de presupuestos generales del estado.
- Se establece la exención absoluta cuando la operación no reporte ganancia alguna debiendo constatar las circunstancias a instancia del contribuyente y pudiendo los ayuntamientos efectuar las correspondientes comprobaciones.
- Se podrá establecer una reducción cuando se modifiquen los valores catastrales como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general.
- La nueva regulación recoge el sistema de autoliquidación por el sujeto pasivo.
Los ayuntamientos tienen un plazo de seis meses para adaptar las correspondientes ordenanzas fiscales pudiéndose aplicar el contenido del RDL hasta ese momento. Se facilita el enlace del RDL 26/2021 para su consulta.
Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública
Atentamente,
Equipo SAEL.
2 de noviembre 2021
Hacienda revisará el IIVTNU para garantizar su constitucionalidad y la financiación de los ayuntamientos
El Ministerio de Hacienda y Función Pública analizará la sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1 párrafo segundo, 107.2 A) y 107.4 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales.
Puede consultar la publicación sobre la sentencia aquí. Los artículos declarados inconstitucionales hacen referencia al cálculo de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Por ello y a la espera de que el Tribunal Constitucional publique la sentencia, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ultima un borrador legal que garantizará la constitucionalidad del tributo, ofrecerá seguridad jurídica a los contribuyentes y certidumbre a los ayuntamientos.
Puede consultar la nota de prensa del Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre la noticia aquí.
Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública
Atentamente,
Equipo SAEL.