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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

Ministerio: Abierta la aplicación de captura de la ejecución del 4ºT de los Presupuestos 2020.

Se ha publicado en la en la web de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales (OVEL), la apertura de la aplicación de captura de la ejecución del 4ºT de los Presupuestos 2020.

Para acceder a la aplicación, pinche aquí.

Se pone a disposición una guía para la cumplimentación de los datos.

Las Entidades Locales podrán remitir esta información desde este momento y hasta el día 31 de enero de 2021, a las 24.00h.

Recordar que desde el 20 de octubre de 2020, las reglas fiscales para 2020 y 2021 han quedado suspendidas, lo que ha motivado la modificación de algunos de los formularios necesarios para su remisión. Por consiguiente, la información que se remita respecto a ello es ÚNICAMENTE a título informativo, tal y como lo indica Ministerio en la Guía publicada al efecto.

De esta manera, TODAS LAS ENTIDADES LOCALES deberán remitir la información de la ejecución de sus presupuestos en el CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO, ya que la exclusión de la obligación de remisión de esta información de las Corporaciones Locales de población no superior a 5.000 habitantes, recogida en el artículo 16.10 de la Orden HAP/2105/2012, se refiere solamente a los tres primeros trimestres de cada año.

De esta forma, deberán introducirse los datos relativos a la ejecución de sus Presupuestos durante el CUARTO TRIMESTRE del ejercicio 2020, entre otros:

  • La actualización de los presupuestos en ejecución, incluyendo las modificaciones tramitadas, y detalle de la ejecución al final del trimestre vencido [como viene siendo habitual, los formularios: Resumen Clasificación Económica; desglose de Ingresos corrientes; desglose de Ingresos de capital y financieros; desglose de Gastos corrientes y desglose de Operaciones de capital y financieras].
  • Calendario y Presupuesto de Tesorería, con el desglose de los pagos presupuestados del ejercicio corriente y cerrados entre que están incluidos en los cálculos del período medio de pago a proveedores y los que no lo están.
  • Remanente de Tesorería.
  • Un resumen del estado de ejecución del presupuesto al final del ejercicio (Solo para el 4º trimestre).
  • Detalle de las operaciones de deuda viva y vencimiento mensual previsto en el próximo trimestre (enero, febrero y marzo de 2021) y Perfil de vencimiento de la deuda en los próximos 10 años, teniendo en cuenta la ampliación del desglose de los datos de la misma introducida el año pasado, que distingue entre:
    Endeudamiento a efectos del protocolo del Procedimiento de Déficit Excesivo, que se obtendrá como la agregación de los siguientes conceptos:
    •    Deuda a corto plazo
    •    Deuda a largo plazo, desagregando entre:
    •    Emisiones de deuda
    •    Operaciones con entidades de crédito
    •    Factoring sin recurso
    •    Deudas con Administraciones Públicas (exclusivamente FFEL)
    •    Arrendamiento financiero
    •    Asociaciones público-privadas
    •    Pagos aplazados por operaciones con terceros o
    •    Otras operaciones de crédito
    Endeudamiento a efectos de la aplicación del régimen de autorización recogido en el artículo 53 TRLRHL y DF 31ª LPGE 2013, que se obtendrá como la agregación de los siguientes conceptos:
    •    deuda PDE (obtenida del listado anterior)
    •    riesgo deducido de los avales (capital vivo de las operaciones avaladas)
    •    deuda formalizada disponible y no dispuesta
    •    deuda con Administraciones Públicas distinta de la incluida en el Fondo de Financiación de las Entidades Locales
    •    otras deudas
  • Los datos de ejecución de los gastos de personal relativos a la dotación de la plantilla y sus retribuciones.
  • Los Pasivos Contingentes estimados a final de trimestre vencido.
  • Los Beneficios Fiscales y su impacto en la Recaudación, es decir, la identificación de las medidas que han producido en el ejercicio 2020 la obtención de menores ingresos y el importe estimado a fin del cuarto trimestre.
  • Los préstamos morosos.
  • La información que permita relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos del presupuesto con la capacidad o necesidad de financiación, calculada conforme a las normas del Sistema Europeo de Cuentas (ajustes SEC). [Como en remisiones anteriores, este formulario se precargarán los importes de los ajustes SEC aplicados al Presupuesto Inicial 2020.].
  • A pesar de la suspensión de las reglas fiscales para 2020 y 2021, la información para aplicar la Regla de Gasto incluye el cálculo en base a los datos de estimación de la liquidación del ejercicio 2020, teniendo en cuenta que distingue, para este 2020, si las Inversiones Financieramente Sostenibles se han financiado con cargo al superávit de los ejercicios 2018 o 2019 (Solo para el 4º trimestre).
    •    por aplicación del apartado 5 de la DA 16ª del TRLRHL, se podrán reconocer obligaciones en 2020 correspondientes a gastos de inversión financieramente sostenible cuyos expedientes se hayan iniciado en 2019 para ser financiadas con cargo al superávit de 2018, siempre que el gasto se haya autorizado y dispuesto o comprometido en 2019. [En estos casos el gasto en que se incurra en 2020 se financiará con cargo al remanente de tesorería de 2019 que quedará vinculado a ese fin por el importe que corresponda, no pudiendo incurrir la entidad local en déficit al final del ejercicio 2020]; y
    •    la financiación con cargo al superávit, fue autorizada excepcionalmente por aplicación del artículo 3 del RDL 8/2020, y artículo 6 RDL 23/2020, se pueden financiar IFS con cargo al superávit a fin del ejercicio del 2019, las obligaciones reconocidas netas vinculadas a los grupos de programa: 231, 132, 135, 136, 162 y 441.

La suspensión de las reglas fiscales para 2020 ha motivado la modificación del contenido de la información que recogen los siguientes formularios:
•    F.3.0. Datos generales del Informe actualizado de Evaluación Corporación: La aplicación, asignará directamente NO a la pregunta ¿En el ejercicio 2020 tiene un PEF vigente?.
•    F.3.2. Informe actualizado de Evaluación: El resultado del informe sobre el cumplimiento/incumplimiento de la capacidad de financiación es meramente informativo al suspenderse las reglas fiscales para 2020 y 2021.
•    F.3.3. Informe actualizado de cumplimiento de la Regla de Gasto: El informe del cumplimiento/incumplimiento de la regla del gasto, presenta el gasto computable de los ejercicios 2019 y 2020 y su variación.

Los ANEXOS IA1-A5 yI B1-IB15 que complementan a los formularios de cálculo de la regla del gasto y la estabilidad e indican detalle individualizado del cálculo de los ajustes SEC aplicados y otra información complementaria:
•    IA1 Intereses y rendimientos devengados en el ejercicio (gastos)
•    IA3 Intereses de operaciones con otras Administraciones Públicas
•    IA4 Avales de la Entidad
•    IA5 Flujos internos
•    IB1 Ventas de acciones y participaciones
•    IB2 Inversiones efectuadas por empresas públicas por cuenta de la Entidad local
•    IB3 Adquisición de acciones y participaciones
•    IB4 Operaciones atípicas
•    IB5 Movimientos cuenta "Acreedores por operaciones devengadas"
•    IB6 Contratos de arrendamiento financiero
•    IB7 Asociaciones público-privadas
•    IB8 Compraventa a plazos
•    IB9 Movimientos de la cuenta "Acreedores por devolución de ingresos"
•    IB10 Intereses y rendimientos devengados (ingresos)
•    IB11 Cambios normativos que suponen variaciones permanentes de recaudación
•    IB12 Detalle de gastos financiados con fondos de la UE o de otras AAPP
•    IB13 Contratos sale and lease back
•    IB14 Préstamos fallidos concedidos en el periodo
•    IB15 Medidas de racionalización, formulario en el que la Entidad Local deberá informar a través de un cuestionario de preguntas (SI/NO) si ha tomado alguna medida de este tipo durante el último trimestre de 2020.

Gastos derivados de la gestión del COVID-19: Como refuerzo de las obligaciones de suministro de información y como consecuencia de las circunstancias excepcionales acontecidas a nivel global debidas al brote del COVID -19 deberá remitir la siguiente información:

  • Formulario relativo a la aplicación del artículo 3 del RDL 8/2020.
  • Formulario relativo a la aplicación del artículo 50 del RDL 11/2020.
  • Formulario relativo a la aplicación del artículo 22 y DF 6ª del RDL 20/2020 convenio suscrito con el Instituto Nacional de Seguridad Social.
  • Formularios relativos a la aplicación del artículo del RDL 23/2020.

Atentamente,

Equipo CAEL.

OVEELL