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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

MINISTERIO: Presupuestos Generales 2021

Publicado en el BOE de 31 de diciembre de 2020, la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

31/12/2020


Tras más de dos años sin Ley de Presupuestos del Estado, con fecha 31 de diciembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (en adelante LPGE 2021).

Con ello, se pone fin a la doble prórroga presupuestaria y, desde el 1 de enero de 2021 darán comienzo unos nuevos presupuestos, tal y como marca la ley.
Dichos presupuestos, que se han elaborado en el marco de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se hallan indefectiblemente condicionados por los efectos de la emergencia de salud pública provocada por la pandemia del COVID-19 y la consiguiente perturbación de la economía, de alcance global.

Entre los aspectos recogidos en la norma, destacaremos los siguientes:

Modificación del ámbito objetivo del Fondo de Ordenación [Disposición adicional 107]
Con ella se pretende que los municipios que se encuentren en situaciones delicadas y con deudas con acreedores, puedan cancelarlas y sustituirlas por préstamos con el Fondo de Financiación a Entidades Locales, y ponerse al corriente del pago de las deudas tributarias y con la Seguridad Social.

Cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores [Disposición adicional 108]
En esta medida de apoyo financiero es una medida extraordinaria aplicable en 2021 que excepciona el TRLRHL mediante la cual, se establece la posibilidad de cancelar aquellos préstamos que tengan formalizados con el Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores mediante su sustitución con préstamos que puedan formalizar con entidades de crédito.

Consolidación de la deuda a corto plazo en deuda a largo plazo por parte de las entidades locales [Disposición adicional 109]
Se trata de una medida extraordinaria mediante la cual, aquellas entidades que en 2019 y 2020 presenten valores negativos en el remanente de tesorería para gastos generales o en el ahorro neto, podrán formalizar operaciones de conversión de deuda a corto plazo que estén vigentes en operaciones de crédito a largo plazo.

Respecto a los gastos de personal [artículo 18]
Las retribuciones del personal al servicio del sector público como la masa salarial del personal laboral experimentarán un crecimiento del 0,9 por ciento respecto de los vigentes a 31 de diciembre de 2020.

En relación con la financiación de las Entidades Locales [artículos 85 a 113 LPGE 2021]
El núcleo fundamental está constituido por la articulación de la participación de las Entidades Locales en los tributos del Estado, tanto en la determinación de su cuantía, como en la forma de hacerla efectiva.
Igualmente, en el artículo 112 se recoge la información a suministrar antes del 30 de junio de 2021 por las Corporaciones locales, con el fin de proceder la liquidación definitiva de la participación de los Ayuntamientos en los tributos del Estado.
Además, el artículo 110 dispone que, cuando por circunstancias relativas a la emisión de los padrones no se pueda liquidar el IBI antes del 1 de agosto del 2021, los ayuntamientos afectados podrán recibir del Tesoro Público anticipos a cuenta del mencionado impuesto. Dichos expedientes, que se iniciarán a solicitud del municipio, serán tramitados y resueltos por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.

Respecto a los indicadores de interés general [Disposición adicional 49ª]
De nuevo la LPGE 2021 a través de la Disposición Adicional 49ª, recoge el tipo de interés legal de dinero, el cual queda establecido en el 3,00 por ciento hasta el 31 de diciembre de 2021.
Asimismo, y durante el mismo periodo de tiempo, se establece que el interés de demora al que se refiere el artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria así como, el interés de demora aplicable a subvenciones se sitúa en el 3,75 por ciento.
 

Por último, debe tenerse en cuenta que la LGPE 2021, ha modificado el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. A través de la Disposición Final 19ª, con efectos desde la entrada en vigor de la LGPE 2021 y, con vigencia indefinida, se modifican los apartados 3 y 5 del artículo 212 del TRLRHL los cuales quedan redactados de la siguiente forma:

 «Artículo 212. Rendición, publicidad y aprobación de la cuenta general. […]
3. La cuenta general, con el informe de la Comisión Especial a que se refiere el apartado anterior, será expuesta al público por plazo de 15 días durante los cuales los interesados podrán examinarla y presentar reclamaciones, reparos u observaciones. Examinados estos por la Comisión Especial y practicadas por esta cuantas comprobaciones estime necesarias emitirá nuevo informe. […]
5. Una vez que el Pleno se haya pronunciado sobre la Cuenta General, aprobándola o rechazándola, el presidente de la corporación la rendirá al Tribunal de Cuentas.»

Para consultar la publicación, pinche aquí.

 

El Senado aprueba de forma definitiva los Presupuestos Generales de 2021.

 

Desde el 1 de enero de 2021 España contará con unos nuevos Presupuestos, poniendo fin a la prórroga de las cuentas de 2018.

El pleno del Senado ha dado luz verde al proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2021, que queda aprobado de forma definitiva tras superar la votación del Senado por una importante mayoría. Se trata de unos Presupuestos de país que ponen fin a un periodo de dos años de prórroga presupuestaria.

Estos Presupuestos el Gobierno mantiene su compromiso con la estabilidad y el equilibrio presupuestario. De hecho, los Presupuestos contemplan una reducción del déficit de 3,6 puntos para 2021, una de las mayores reducciones de la serie.

Además, el instrumento para vehicular los 27.000 millones que España recibirá procedentes de los fondos europeos de recuperación y que van a permitir a España avanzar en la modernización y transformación del modelo productivo, en el Estado del Bienestar, la justicia social y el modelo territorial.

En cuanto a las entidades locale:

  • su participación en los Tributos del Estado asciende a 19.931 millones, un 1,9% más y tendrán acceso a fondos europeos por importe de 1.483 millones.
  • además, el Fondo de Financiación de Entidades Locales tendrá una dotación de 1.000 millones.

En cualquier caso, gracias a la suspensión temporal de las reglas fiscales los municipios pueden hacer uso de sus remanentes.

Para consultar la nota de prensa publicada por el Ministerio de Hacienda, pinche aquí.


Atentamente,

 

Equipo CAEL.

BOE, Ministerio, Presupuestos