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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

BOE: Subvención a EELL territoriales y entidades públicas dependientes de las EELL territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de aula Mentor.

Se ha publicado en el BOE de 08 de octubre de 2020, el Extracto de la Orden de 14 de septiembre de 2020 por la que se convocan ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de aula Mentor.

Objeto: Contribuir a financiar las actividades de formación continua (dirigidas a población adulta y en modalidad a distancia) que desarrollan las aulas Mentor en activo y a sufragar parte de los gastos necesarios para la realización de dichas actividades.

Beneficiarios:

  • Entidades locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
  • así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las comunidades autónomas
  • y las entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales.
Los solicitantes deberán tener operativa un aula Mentor y el convenio firmado con el Ministerio de Educación y Formación Profesional o la Consejería de Educación correspondiente con carácter previo a la fecha de publicación de esta convocatoria.

Bases reguladoras:  Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE del 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ministerio de Educación y Formación Profesional en régimen de concurrencia competitiva.

Cuantía: Dotación de 120.000,30 € que se distribuirán en 30 módulos de 4.000,01 €euros cada uno.

Plazo de presentación de solicitudes: Veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de este extracto en el BOE.

NOTA:

Las solicitudes electrónicas accesibles en la sede electrónica del Ministerio se dirigirán a la Secretaría General de Formación Profesional y deberán ir acompañadas del formulario que se ajustará a lo estipulado en el ANEXO I.

La documentación exigida para participar en esta convocatoria estará compuesta por:

  • Para los casos incluidos en el apartado 4.2.b: impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la cumplimentación de la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://sede.educacion.gob.es) debidamente firmado por la persona competente para ello.
  • El centro gestor obtendrá de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social correspondientes a las entidades participantes, salvo que se manifieste lo contrario en la solicitud electrónica, en cuyo caso deberá acreditarse documentalmente que la entidad se halla al corriente de dichas obligaciones o exenta de las mismas.

 

Descargue aquí la convocatria:



Para consultar el extracto de la convocatoria pinche aquí.


Atentamente,


Equipo CAEL.

BOE, Subvenciones