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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

Ministerio: Inversiones Financieramente Sostenibles en 2019.

Se ha publicado en la web del Ministerio de Hacienda, la «Nota relativa a la aplicación de la normativa sobre inversiones financieramente sostenibles en 2019», en la que se indica en cuáles son aquellas inversiones financieramente sostenibles sujetas al régimen de autorización previa de la Secretaría y efectúa un análisis de las cifras principales de este tipo de inversiones comunicadas por las Entidades Locales con ocasión de la liquidación de los presupuestos 2019.

Para consultar la nota, pinche aquí.

A lo largo del ejercicio 2019, y así se ha reflejado en sus liquidaciones, las Corporaciones Locales destinaron el superávit en contabilidad nacional o, si fuera menor, el remanente de tesorería para gastos generales, resultantes de la liquidación de 2018, a:

  1. Atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio anterior en la cuenta de «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto (en la actualidad, acreedores por operaciones devengadas)»;
  2. Cancelar, con posterioridad, el resto de obligaciones pendientes de pago con proveedores, contabilizadas y aplicadas a cierre del ejercicio anterior;
  3. Si, atendidas las obligaciones anteriores, se mantuviese un saldo positivo se podrá destinar a financiar inversiones financieramente sostenibles que contribuyan al crecimiento económico a largo plazo de modo que no incurra en déficit en términos de contabilidad nacional, y el resto a amortizar deuda financiera.

Recordemos cuales son las inversiones financieramente sostenibles que, de conformidad con la DA 16ª del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, deberán tener reflejo presupuestario en los siguientes grupos de programas:
160. Alcantarillado.
161. Abastecimiento domiciliario de agua potable.
162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.
165. Alumbrado público.
172. Protección y mejora del medio ambiente.
412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos.
422. Industria.
425. Energía.
431. Comercio.
432. Información y promoción turística.
441. Transporte de viajeros.
442. Infraestructuras del transporte.
452. Recursos hidráulicos.
463. Investigación científica, técnica y aplicada.
491. Sociedad de la información.
492. Gestión del conocimiento.

Asimismo, podrá tener reflejo presupuestario, con tratamiento diferenciado, en alguno de los grupos de programas siguientes:
132. Seguridad y Orden Público
133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.
135.Protección Civil
136.Servicio de prevención y extinción de incendios
152. Vivienda
153. Vías públicas.
171. Parques y jardines.
231. Asistencia Social Primaria
321. Creación de Centros docentes de enseñanza infantil y primaria.
323. Funcionamiento de centros docentes de enseñanza infantil y primaria y educación especial.
332. Bibliotecas y Archivos.
333. Equipamientos culturales y museos.
336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.
342. Instalaciones deportivas.
453. Carreteras.
454. Caminos vecinales.
933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la rehabilitación y reparación de infraestructuras e inmuebles propiedad de la entidad local afectos al servicio público.

De esta forma, la nota del Ministerio de Hacienda recuerda que ESTARÁN SUJETAS A AUTORIZACIÓN PREVIA de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local las inversiones incluidas en esta relación SIEMPRE QUE:

  • El CONJUNTO DE INVERSIONES que realice cada entidad local (tanto las incluidas en ésta última relación como en la primera relación citada en la DA 16ª) SEA SUPERIOR A 15 MILLONES DE EUROS, o al 40% DEL GASTO NO FINANCIERO TOTAL de la Entidad.
  • SUPONGA UN INCREMENTO DE LOS CAPÍTULOS 1 O 2 DEL ESTADO DE GASTOS vinculado a los proyectos de inversión.

 

Atentamente,

Equipo CAEL.

Ministerio