BOP: Aprobación inicial de la modificación del Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y Carreteras.
Se ha publicado en el BOP de 18 de junio de 2020, Aprobación inicial de la modificación del Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal y Carreteras en sus anualidades 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.
Así se han acordado los siguientes extremos:
- No se permitirá ningún cambio de actuación.
- En cuanto a las actuaciones Licitadas y Ejecutadas por Diputación:
- el plazo de ejecución y justificación de las actuaciones se mantienen.
- Excepción: actuaciones ya adjudicadas a fecha de la aprobación inicial de la presente modificación en las concurran circunstancias excepcionales, en el que se dispone un plazo de ejecución y justificación hasta el 15/10/2021 y 20/10/2021 respectivamente. - En las actuaciones Licitadas y/o Ejecutadas por los Ayuntamientos en las que éstos no han asumido aún la gestión de la contratación de las obras o su ejecución por propia administración:
- caso que para cumplir los plazos establecidos haya sido necesaria la contratación de asistencia técnica externa por parte del Ayuntamiento para las circunstancias tasadas en la publicación, éstos podrán ser subvencionados por la Diputación con cargo al importe total aprobado para la Entidad Local para esta actuación.
- Los Ayuntamientos beneficiarios deberán presentar la documentación que se detalla en la publicación, para proceder a la asunción por parte de los mismos de la gestión de la contratación de las obras o su ejecución por propia administración. Hasta la notificación del Decreto de la Presidenta, en el que se acceda a la petición del municipio interesado de asumir la gestión de la contratación de las obras o su ejecución por propia administración y la presentación por ésta de la aceptación de los requisitos/determinaciones a cumplir cuyo modelo será facilitado por Diputación, dicha Entidad no podrá iniciar la contratación de las mismas, ni resolver sobre la ejecución por propia administración.
- La modificación contempla, una serie de requisitos/determinaciones a que deberá sujetarse la gestión de la contratación o ejecución de las actuaciones por las EELL.
- Una vez aprobada definitivamente la modificación del PPCOS y una vez asumida por parte de la EELL la gestión de la contratación de las obras o su ejecución por propia administración y aceptados los requisitos a cumplir, el Ayuntamiento correspondiente deberá presentar la documentación que se establece en el punto 3.3.1.1. para proceder al libramiento de la subvención con carácter anticipado resolviendo sobre el reconocimiento y liquidación de las obligaciones existentes frente al Ayuntamiento beneficiario en el importe correspondiente al 70% del importe subvencionado previamente autorizado y dispuesto (ejercicio 2020).
- Una vez realizada la completa justificación de la subvención se resolverá sobre el reconocimiento y liquidación de las obligaciones existentes frente al Ayuntamiento beneficiario en el importe correspondiente al 30% restante del importe subvencionado previamente autorizado y dispuesto (ejercicio presupuestario 2021).
- Se recoge detalladamente la documentación a presentar para la justificación de la actuación (punto 3.3.2.1.).
- Las actuaciones subvencionadas deberán estar ejecutadas y recepcionadas en todo caso, en la fecha máxima 15 de octubre del 2021. El plazo de justificación del gasto realizado finaliza el 20 de octubre de 2021. - Actuaciones Licitadas y/o Ejecutadas por los Ayuntamientos en las que éstos han asumido la gestión de la contratación de las obras o su ejecución por propia administración, distinguir las siguientes situaciones:
- que a la fecha de aprobación inicial de la modificación no han sido adjudicadas ni resuelta su ejecución por propia administración o bien habiendo sido resuelta esta última el Ayuntamiento hubiera comunicado su cambio de sistema de ejecución a contrata y aún no se hubiera adjudicado la actuación, le será de aplicación lo establecido en los apartados 3.2, 3.3. y 3.4 del punto Primero de la modificación.
- que a la fecha de aprobación inicial de la presente modificación han sido adjudicadas ó resuelta su ejecución por propia administración, no le será de aplicación lo establecido en el apartado 3 del punto Primero de la modificación y se mantienen los plazos de ejecución y justificación (1/11/2020 y 15/11/2020 respectivamente para los PPOS del 2014 al 2018 y 30/11/2020 y 15/12/2020 respectivamente para el PPOS de 2019).
- que a la fecha de aprobación inicial de la presente modificación se encuentre finalizada su ejecución, no le será de aplicación lo establecido en la presente modificación, siendo el plazo máximo para la justificación de la subvención el 15 de noviembre de 2020 para los PPOS del 2014 al 2018 y 15 de diciembre de 2020 respectivamente para el PPOS de 2019.
Para consultar la modificación entera, pinche aquí.
Atentamente,
Equipo CAEL.