BOJA: Medidas dirigidas al sector del turismo así como al ámbito educativo y cultural ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).
Corrección de errores.
10/06/2020
Se ha publicado en el BOJA de 10 de junio de 2020, la corrección de errores del Decreto-ley 15/2020, de 9 de junio, por el que con carácter extraordinario y urgente se establecen diversas medidas dirigidas al sector del turismo, así como al ámbito educativo y cultural, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19) (BOJA Extraordinario núm. 35, de 9.6.2020).
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Medidas dirigidas al sector del turismo así como al ámbito educativo y cultural ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).
09/06/2020
Se ha publicado en el BOJA de 09 de junio de 2020, el Decreto-ley 15/2020, de 09 de junio, por el que con carácter extraordinario y urgente se establecen diversas medidas dirigidas al sector del turismo así como al ámbito educativo y cultural ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).
Nuevas medidas de flexibilización:
Medidas en el ámbito turístico:
Se crea el distintivo turístico «Andalucía Segura» con la finalidad de identificar aquellos servicios turísticos, actividades con incidencia en el ámbito turístico y playas en el ámbito territorial de Andalucía que garanticen el cumplimiento de las medidas en materia de seguridad y protección de la salud contenidas en la Guía Práctica de Recomendaciones dirigidas al sector turístico. Para la obtención del distintivo turístico «Andalucía Segura», las personas interesadas deberán presentar una declaración responsable mediante la que manifiestan que cumplen con las medidas contenidas en las guías mencionadas.
En materia de playas del litoral andaluz, la persona que ostente la representación legal de la EELL interesada deberá presentar en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, dirigida a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de turismo:
• Una declaración responsable en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 4.
• Documentación que acredite la presentación del Plan de contingencia ante el COVID19.
La presentación de la declaración responsable y de la documentación que acredite la presentación del citado Plan de Contingencia, será suficiente para obtener el distintivo y facultará al ayuntamiento para exhibirlo desde su obtención hasta el transcurso de un año a contar desde la entrada en vigor del Capítulo que la contiene.
Medidas en el ámbito educativo:
Para evitar que la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, incluyendo la suspensión de la actividad docente presencial, provoque mayores perjuicios tanto en los intereses y derechos de las entidades andaluzas beneficiarias de las subvenciones, como en las personas beneficiarias de las becas, otorgadas en el curso académico 2019/20 en el ámbito de la Consejería con competencias en educación, es necesario implementar distintas medidas en el ámbito de las subvenciones, de las becas, de cuestiones referentes a la adjudicación de plazas escolares de formación profesional en oferta parcial diferenciada para alumnado que accede a través de prueba o curso y en materia de donaciones.
Así mismo, por su especial relevancia en el ámbito de las EELL, podemos destacar las siguientes modificaciones que se recogen en el Decreto -ley:
- Disposición final primera: se modifica la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (Artículo 52.1párrafo B) y artículo 52 apartado 2).
- Disposición final segunda: se modifica la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía (Apartados 3 y 4 del artículo 20).
El decreto-ley entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA.
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Atentamente,
Equipo CAEL.