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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

MINISTERIO: Remisión de la información ISPA 2020.

Nuevo plazo de remisión de información sobre PERSONAL (ISPA)

09/06/2020

Se amplía hasta el 15 de julio la fecha límite para la remisión de la información ISPA 2020.

Cabe recordar que las retribuciones a considerar en ISPA 2020, no son las pagadas a lo largo de 2019, sino las vigentes a 31 de diciembre, anualizadas (en general las vigentes el año anterior con el incremento del 2,50%).

Asimismo, señalar que como el acceso a la aplicación ISPA (Sistema Información Salarial de Puestos de la Administración) dejará de realizarse a través del Portal de Comunidades Autónomas y del Portal de Entidades Locales y pasará a efectuarse directamente a través de la siguiente url (operativa desde el 16 de marzo).

Se recuerda que a diferencia del ejercicio pasado, no se puede acceder directamente a ISPA, sino que deben registrarse previamente en AutenticA.

Desde su página web el Ministerio de Política Territorial y función Pública advierte que una vez registrados en AutenticA, estos funcionarios que ostentan el perfil de Responsable de remisión deberían poder tanto acceder a ISPA como firmar la información sin necesidad de solicitar un alta adicional. No obstante en el caso de que ello no fuera posible se deberá formalizar una incidencia y se tramitará su alta en ISPA a la mayor brevedad posible.

En este ejercicio ya no es posible que los Responsables de remisión puedan dar de alta a sus colaboradores.


Así lo ha comunicado el Ministerio de Política Territorial y Función Pública través de su página web.

 

Nuevo plazo de remisión de información sobre PERSONAL (ISPA) ocasionado por la crisis sanitaria.


Debido a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo sobre supresión de términos e interrupción de plazos de los procedimientos de las entidades del sector público, así como la duración  prevista para la misma en el artículo 3 de dicho Real Decreto y la prórroga acordada por Resolución del Congreso de los Diputados de 25 de marzo de 2020, el Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha acordado un nuevo plazo para la remisión de la información al ISPA 2020 hasta el 31 de mayo de 2020.

Aplicación operativa a partir del 16 de marzo.

  • Para los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: a diferencia del ejercicio pasado, estos funcionarios no pueden acceder directamente a ISPA, sino que deben registrarse previamente en AutenticA. Una vez dados de alta en AutenticA, procede formalizar una Incidencia solicitando el alta en ISPA con el perfil de Responsable de remisión (Interventores y Secretarios-Interventores). Por parte del Ministerio se está trabajando para habilitar a estos funcionarios el acceso directo en ISPA sin necesidad de ningún trámite previo.
  • Para Colaboradores: para darse de alta en ISPA también es requisito tramitar previamente el alta en AutenticA salvo que ya estuviese inscrito previamente.

 

Información sobre PERSONAL (ISPA) de conformidad con el artículo 7.4 de la Orden HAP/2105/2012:

Información a 31 de diciembre de 2019 sobre los efectivos de personal y sus retribuciones:
- Número de efectivos y clases de personal.
- Todas las retribuciones, de manera individualizada, diferenciando las básicas y las complementarias, aportaciones a planes de pensiones o seguros colectivos y cualquier retribución de carácter extra salarial.
- Retribuciones de carácter variable por módulos y gasto anual de cada concepto incluyendo, en el caso de incentivos al rendimiento, los criterios existentes para su distribución y fijación de las cuantías individuales.
- Número de efectivos por modalidades de jornada.

Información referida a los cargos electos de las entidades locales:
               - El número de cargos electos diferenciando: alcaldes, concejales, o asimilado, presidentes, diputados y consejeros de las diputaciones forales, diputaciones provinciales   y cabildos y consejos insulares o cargo asimilado.
               - Todas las retribuciones, cantidades percibidas por asistencia a los órganos colegiados o cualesquiera otra que hubiesen sido asignadas al cargo y no correspondan a la compensación de un gasto previo efectivamente realizado, de manera individualizada, percibidas por los cargos electos anteriores.

 

 

Atentamente,

 

Equipo CAEL.

Ministerio, Remisión de información, ESTADO DE ALARMA