BOJA: Calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2020 y 2021.
Se ha publicado e en el BOJA de 04 de junio de 2020, la Orden de 27 de mayo de 2020, por la que se modifica la de 12 de julio de 2019, se establece el calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021 y se faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de dos de esos días para el año 2021.
La orden modifica la de 12 de julio de 2019, en lo referente al calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podían permanecer abiertos al público durante el año 2020, ampliándolo en dos días más; del mismo modo, establece el citado calendario para el año 2021, en aplicación de los criterios legalmente establecidos; y, por último, faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de dos de esos días para el año 2021, previa consulta al Consejo Andaluz de Comercio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.
Los domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante el año 2020 serán los siguientes:
- 5 de enero, domingo.
- 5 de julio, domingo.
- 15 de agosto, sábado.
- 6 de septiembre, domingo.
- 12 de octubre, lunes.
- 2 de noviembre, lunes.
- 29 de noviembre, domingo.
- 7 de diciembre, lunes.
- 8 de diciembre, martes.
- 13 de diciembre, domingo.
- 20 de diciembre, domingo.
- 27 de diciembre, domingo.
Los domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021 serán los siguientes:
- 3 de enero, domingo.
- 1 de marzo, lunes.
- 1 de abril, jueves.
- 2 de mayo, domingo.
- 4 de julio, domingo.
- 1 de agosto, domingo.
- 16 de agosto, lunes.
- 1 de noviembre, lunes.
- 28 de noviembre, domingo.
- 5 de diciembre, domingo.
- 8 de diciembre, miércoles.
- 12 de diciembre, domingo.
- 19 de diciembre, domingo.
- 26 de diciembre, domingo.
ATENCIÓN En aplicación de lo establecido en el apartado 3 del artículo 19 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, todas las Corporaciones Locales de Andalucía, por acuerdo motivado del órgano correspondiente, podrán solicitar la permuta de hasta dos de los domingos y festivos habilitados en el calendario para 2021 por otros, en las necesidades comerciales de su término municipal. |
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Atentamente,
Equipo CAEL.