MINISTERIO: Reapertura de la aplicación para la certificación y comunicación de la variación neta de activos financieros a 31 de diciembre de 2019.
La Oficina Virtual para la Coordinación Financiera de las Entidades Locales (OVEELL), ha publicado la Reapertura de la aplicación para la certificación y comunicación de la variación neta de activos financieros a 31 de diciembre de 2019 hasta el 22 de mayo a las 24.00 horas, que se deberá realizar a través de la aplicación Cir-Local.
Para acceder a la aplicación, pinche aquí.
El pasado enero, en cumplimiento de las actuaciones de seguimiento y control sobre los activos financieros que formalizan las EELL y conforme al apartado III del capítulo 2º de la Resolución de 9 de septiembre de 2015, que determina el principio de prudencia financiera en los avales y activos financieros de los mismos, se habilitó la plataforma Cir-Local, para que desde la Intervención se certificara y comunicara al Ministerio de Hacienda la variación neta de los activos financieros a cierre del ejercicio anterior en termino de contabilidad nacional.
De esta manera, la información correspondiente a los activos financieros se debía remitir por parte de las Entidades Locales hasta el pasado día 31 de marzo de 2020 a las 24:00 h, tal y como se indicaba en la OVEELL.
Es importante recordar que las Entidades Locales deberán proceder a ACTUALIZAR todas las OPERACIONES de RIESGO (principalmente operaciones de crédito o préstamo) que ya existen en la Cir-Local, INCLUIR las recientemente formalizas, o las posibles CANCELACIONES, para lo que se dispone del plazo máximo de un mes desde que se produzca el hecho en cuestión de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012.
En el supuesto de que la EELL no tenga formalizadas operaciones de este tipo, DEBERÁ igualmente INDICAR que el importe de la variación neta de cada uno de los activos financieros citados es cero, y remitir el formulario correspondiente.
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 9 de septiembre de 2015, serán considerados como ACTIVOS FINANCIEROS los préstamos a favor de terceros, instrumentos de capital o de patrimonio neto de otras entidades o valores representativos de deuda cuyo titular sea la Entidad Local y cuya contrapartida sea un pasivo o cuenta de patrimonio neto de personas físicas o jurídicas distintas a las recogidas en el artículo 2.1.c) de la LOEPSF, es decir, distintas a otras Corporaciones Locales y no pertenecientes a la misma.
Asimismo, el artículo 48bis.2 del TRLRHL, establece que están incluidos en el concepto de activos financieros los instrumentos de capital o de patrimonio neto de otras entidades, los derechos a recibir efectivo u otro activo financiero de un tercero o de intercambiar con un tercero activos o pasivos financieros en condiciones potencialmente favorables.
Para obtener más información acerca de las operaciones que serán consideradas como activos financieros en términos SEC, acceda desde aquí, a la GUÍA de remisión de información de la CIRL-Local. |
Por tanto, las Entidades Locales podrán registrar el stock o saldo a 31 de diciembre del 2019 de cada uno de los «tipos» de activos financieros, hasta el día 22 de mayo de 2020 a las 24:00 h tal y como se indica en la OVEELL.
Atentamente,
Equipo CAEL.