Skip to main content

Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

BOJA: Subvención en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal, dirigidas a corporaciones locales y empresas.

Se ha publicado en el BOJA de 10 de julio de 2019, la Resolución de 3 de julio de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2019 subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal, dirigidas a corporaciones locales y empresas, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 5 de septiembre de 2018.

La subvención está dirigida a corporaciones locales y empresas en materia de conciliación, en sus líneas de subvenciones para la realización de actividades en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos (institutos municipales, fundaciones…) de Andalucía (Línea 3); y subvenciones para la realización de actividades en materia de conciliación de la vida laboral, familiar y personal a empresas con sede social en Andalucía (Línea 4).

Beneficiarios: Línea 3: Ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales, así como entidades públicas vinculadas a los mismos (institutos municipales, fundaciones...), de Andalucía, que se ajusten a los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Objeto para la Línea 3: Promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de mujeres y hombres, así como remover los obstáculos que sobre el empleo pueden producir las responsabilidades de las personas trabajadoras derivadas del ámbito familiar o doméstico y de otras situaciones pertenecientes a dicho ámbito, a través de la financiación a ayuntamientos, entidades locales autónomas, mancomunidades y consorcios locales de Andalucía, así como entidades públicas vinculadas a los mismos, de los gastos de realización de actividades y la prestación de servicios que faciliten la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

Bases reguladoras: Orden de 5 de septiembre de 2018, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a corporaciones locales, empresas y entidades sin ánimo de lucro en materia de planes de igualdad y actuaciones de conciliación (BOJA núm. 177, de 12 de septiembre de 2018).

Plazo de presentación de solicitudes: un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Para consultar la resolución, pinche aquí.

Para consultar el extracto de la resolución, pinche aquí.

 

Atentamente,

 

Equipo CAEL.

Subvenciones, BOJA