Skip to main content

Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

BOE: Convenio con la FEMP y Agencia Estatal de Administración Tributaria, para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de derecho público de las Corporaciones Locales.

Se ha publicado en el BOE de 31 de mayo de 2019, la Resolución de 22 de abril de 2019, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de derecho público de las Corporaciones Locales.

El objeto del Convenio es la asunción por la Agencia Tributaria de la gestión recaudatoria ejecutiva de los siguientes recursos de derecho público de las Corporaciones Locales cuando éstas se los encomienden:

  • Recursos de derecho público de naturaleza tributaria. A este respecto, no podrán remitirse deudas cuyo importe de principal por deuda sea inferior a 60 euros. Este límite se adecuará a lo establecido para las deudas de la Hacienda Pública estatal por el Ministerio de Hacienda en virtud de la previsión contenida en el artículo 16 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria cuando esta previsión lo fije por encima de 60 euros.
  • Recursos de derecho público no tributarios. A este respecto, no podrán remitirse deudas cuyo importe de principal por deuda sea inferior a 1.500 euros.

Se exceptúan los recursos de derecho público de las Corporaciones Locales cuya gestión recaudatoria hubiese sido asumida por alguna CCAA en virtud del correspondiente Convenio.

Cuando se trate de una Diputación Provincial la Agencia Tributaria podrá asumir también la gestión recaudatoria ejecutiva de los recursos de derecho público de aquellas Corporaciones Locales cuya gestión recaudatoria hubiese asumido la Diputación en virtud de Ley o del correspondiente Convenio.

Para consultar el convenio, pinche aquí.

 

Atentamente,

 

Equipo CAEL.

BOE, Convenio, Recaudación