BOJA: Calendario de fiestas laborales y días inhábiles para el año 2020.
Calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en la CCAndaluza
09/11/2020
Se ha publicado en el BOJA de 09 de noviembre de 2020, la Orden de 30 de octubre de 2020, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.
Para el año 2021 son días inhábiles, a efectos de cómputos de plazos, los sábados, domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con el Decreto 104/2020, de 21 de julio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021:
- 1 de enero (viernes).
- 6 de enero (miércoles).
- 1 de marzo (lunes).1 de abril (jueves).
- 2 de abril (viernes).1 de mayo (sábado).
- 16 de agosto (lunes).12 de octubre (martes).
- 1 de noviembre (lunes).6 de diciembre (lunes).
- 8 de diciembre (miércoles).
- 25 de diciembre (sábado).
Días inhábiles en el ámbito de cada municipio: a efectos de cómputos de plazos administrativos, en el ámbito territorial de cada municipio de la Comunidad Autónoma para el año 2021, hasta dos días, que serán los que, a efectos laborales, establezca la Consejería competente en materia de empleo de la Junta de Andalucía para dicho año. A este respectio, la CCAAndaluza ha publicado en el BOJA de 30 de dicimbre de 2020, la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021. Para consultar los días por municipios, pinche aquí.
Comunicación del lugar de residencia: para la efectividad de lo establecido por el artículo 30.6 de la Ley 39/2015, las personas interesadas podrán expresar en los escritos iniciales de los procedimientos el lugar de su residencia, así como comunicar las sucesivas variaciones que hubiere.
Días inhábiles en el Registro Electrónico Único: a efectos de cómputos de plazos, los días inhábiles del Registro Electrónico Único previsto en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, serán los declarados inhábiles para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que sea de aplicación lo dispuesto en el apartado 2.En todo caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no será aplicable al Registro Electrónico Único lo dispuesto en el artículo 30.6 de la citada ley.
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MODIFICACIÓN DEL ANEXO DE 13 DE DICIEMBRE
20/10/2020
Se ha publicado en el BOJA de 20 de octubre de 2020, la Resolución de 13 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 13 de diciembre de 2019, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2020 respecto de las inicialmente previstas y se complementan las Resoluciones de 23 de abril, 21 de mayo, 25 de junio, 27 de julio y 27 de agosto de 2020.
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CORRECCIÓN DE ERRORES
10/03/2020
Se ha publicado en el BOJA de 10 de marzo de 2020, corrección de errores de la Resolución de 13 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020. (BOJA núm. 244, de 20.12.2019).En la página 333, donde se recogen las fiestas locales de los municipios de la provincia de Málaga, deben entenderse incluidas las del municipio de Serrato (Málaga) en los siguientes términos:
- Serrato 19 de marzo y 7 de octubre.
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FIESTAS LOCALES EN ANDALUCÍA
20/12/2019
Se ha publicado en el BOJA de 20 de diciembre de 2019, la Resolución de 13 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020.
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NOVEDAD: Días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en Andalucía para el año 2020.
Se ha publicado en el BOJA de 25 de noviembre de 2019, la Orden de 19 de noviembre de 2019, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020.
Una vez aprobado el Decreto 461/2019, de 7 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, es necesario fijar para este año el calendario de días inhábiles a efectos del cómputo, de los plazos administrativos.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo, de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo o el régimen de jornada y horarios de las mismas.
Para el año 2020 son días inhábiles, a efectos de cómputos de plazos administrativos, los sábados, domingos y los días que seguidamente se relacionan:
- 1 de enero (miércoles).
- 6 de enero (lunes).
- 28 de febrero (viernes).
- 9 de abril (jueves).
- 10 de abril (viernes).
- 1 de mayo (viernes).
- 15 de agosto (sábado).
- 12 de octubre (lunes).
- 2 de noviembre (lunes).
- 7 de diciembre (lunes).
- 8 de diciembre (martes).
- 25 de diciembre (viernes).
A efectos de cómputos de plazos administrativos, los días inhábiles del Registro telemático único previsto en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet), serán los declarados inhábiles para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que sea de aplicación lo dispuesto para los días inhábiles en cada municipio regulados en el apartado segundo de la Orden.
En todo caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no será aplicable al Registro telemático único lo dispuesto en el artículo 30.6 de la citada ley.
Para consultar la orden, pinche aquí.
FIESTAS LABORALES 2020 ANDALUCÍA
Se ha publicado en el BOJA de 14 de mayo de2019, el Decreto 461/2019, de 7 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020.
Para el año 2020 se declaran fiestas laborales propias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con carácter retribuido y no recuperable:
- 1 de enero (miércoles).
- 6 de enero (lunes).
- 28 de febrero (viernes).
- 9 de abril (jueves).
- 10 de abril (viernes).
- 1 de mayo (viernes).
- 15 de agosto (sábado).
- 12 de octubre (lunes).
- 2 de noviembre (lunes).
- 7 de diciembre (lunes).
- 8 de diciembre (martes).
- 25 de diciembre (viernes).
En cuanto a las fiestas locales, la propuesta de cada municipio de hasta dos fiestas locales se comunicará a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del citado decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El citado Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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Atentamente,
Equipo CAEL.