REMISIONES AL MINISTERIO
Seguidamente les informamos sobre las futuras remisiones que deben realizar por meses:
OCTUBRE
Antes del 15 de octubre:
- Aprobada la Cuenta General, remisión al Tribunal de Cuentas (artículo 215.5 del TRLRHL).
Antes del 30 de Octubre:
- Ejecución del Plan de Ajuste: habrá que enviar los datos acumulados al tercer trimestre de 2019, de conformidad con el artículo 10.1 de la Orden HAP/2105/2012.
Antes del 31 de Octubre:
- Remisión de la información sobre el Periodo Medio de Pago (artículo 16.8 de la Orden HAP/2105/2012) referida a los meses de julio, agosto y septiembre de 2019.
- Remisión de la información trimestral (julio, agosto y septiembre de 2019) relativa a la Ejecución del Presupuesto (artículo 16 de la Orden HAP). Las entidades de población no superior a 5.000 habitantes solamente deberán remitir las actualizaciones de su Plan de Tesorería y detalle de las operaciones de deuda viva. Durante los tres primeros meses del año, quedarán excluidas el resto de las obligaciones trimestrales del suministro de Información Presupuestaria y del Informe Trimestral de Morosidad.
- Remisión de la información anual en materia presupuestaria, relativa a la Cuenta General, Cuentas Anuales y Personal, incluida en el artículo 15.5 de la Orden 2105/2012.
JULIO
- Antes del día 31 de julio, la información trimestral de la ejecución del Plan de Ajuste (los datos acumulados al 2º trimestre del año).
- Antes del 31 de julio, la información trimestral de la ejecución del presupuesto relativa a los meses de abril, mayo y junio de 2019. ATENCIÓN: las EELL de población no superior a 5.000 habitantes solamente deberán remitir las actualizaciones de su Plan de Tesorería y detalle de las operaciones de deuda viva. Quedarán excluidas el resto de obligaciones trimestrales de suministro de información presupuestaria y del informe trimestral de morosidad durante los 3 primeros meses del año.
- Información sobre el PMP referida a los meses de abril, mayo y junio de 2019 (a junio de 2019, en el caso de las EELL incluidas en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del TRLHL).
- La solicitud para la aplicación de coeficientes de actualización de los valores catastrales para el ejercicio 2020.
NOVEDADES
13/06/2019
Dada la confusión creada con el suministro de información del esfuerzo fiscal al advertir el AUTORIZA a las entidades usuarias que se disponían a acceder que “se encontraba fuera de plazo”, desde el CAEL se ha procedido a consultar con la OVEL sobre el mismo.
Desde la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local nos comentan lo siguiente:
1º Al no haberse aprobado todavía la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio, la Secretaría General no ha podido publicar su resolución anual sobre el esfuerzo fiscal, en este caso, del ejercicio 2017. 2º El plazo de remisión de la mencionada información por los ayuntamientos al Centro directivo, tradicionalmente viene expirando el 30 de junio de cada año; este plazo va ha ser alterado para el esfuerzo fiscal 2017, en atención a las circunstancias señaladas. 3º Como desconocen cuánto tiempo se va a prolongar esta situación, están aconsejando a los ayuntamientos y a los órganos de recaudación de las diputaciones provinciales y comunidades autónomas uniprovinciales, que vayan preparando con antelación los datos del esfuerzo fiscal 2017, porque, casi con toda seguridad, el formato de presentación va a ser el mismo que el del esfuerzo fiscal 2016 e inmediatos anteriores. |
Esperamos haber solucionado las dudas referentes al suministro de información del esfuerzo fiscal.
Atentamente,
Equipo CAEL.
JUNIO
- Durante el mes, la Cuenta General con el informe de la Comisión Especial de Cuentas de la EELL debe ser expuesta al público por plazo de 15 días (artículo 212.3 del TRLRHL).
- Antes del 30 de junio, envío de la información relativa al Esfuerzo fiscal de la EELL.
- Antes del 30 de junio, remitir la información referida al mes de mayo de 2019 sobre el Periodo Medio de Pago (artículo 16.8 de la Orden HAP/2105/2012 y solamente para EELL incluidas en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del TRLHL).
- Caso de disponer de un Plan Económico Financiero (PEF), y sólo para las EELL incluidas en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del TRLHL, enviar antes del 30 de junio, la información correspondiente al primer trimestre de 2019 sobre el seguimiento del Plan ( artículo 24.1 de la LOEPSF).
- IMPORTANTE: aquellas EELL que quieran solicitar la aplicación de la medida 4 (Fijación de condiciones financieras específicas para los préstamos con el FFEELL que hayan sido agrupados, o no, y que presenten una elevada carga financiera para los Ayuntamientos) de las ayudas recogidas en el Acuerdo adoptado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos el 14 de marzo de 2019, por el que se aprueban medidas de apoyo a las EELL mediante la modificación de las condiciones financieras en los casos de aplicación de retenciones de la participación en tributos del Estado y en los préstamos formalizados por Ayuntamientos en situación de riesgo financiero con el Fondo de Financiación a Entidades Locales, DEBERÁN tener presentado con anterioridad al 01 de julio de 2019, la liquidación del presupuesto de 2018, antes del 01/07/2019. La medida 4 se prevé se inicie a finales de julio de 2019 con la presentación de solicitudes y formalización de las modificaciones contractuales para finales de septiembre-primera quincena de octubre.
ADVERTENCIA: a partir del mes de junio, se comenzará a retener la PTE, si las EELL incumplen la obligación de remitir la información relativa a sus presupuestos a la AGE.
MAYO
- Antes del 15 de mayo: Los Estados y Cuentas de la entidad local serán rendidos por su Presidente, de conformidad con el artículo 212.1 del TRLRHL.
- Antes del 31: Debe comunicarse, a la Dirección General del Catastro, la solicitud para actualizar los valores catastrales, en aplicación del artículo 32.2 TRLCI. Y, además, las entidades locales incluidas en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del TRLRHL, deben enviar la información sobre el PMP (artículo 16.8 de la Orden HAP/2105/2012), referida al mes de abril de este año.
Antes del 1 de junio, la Cuenta General será sometida a informe de la Comisión Especial de Cuentas (artículo 212.2 del TRLRHL).
Atentamente,
Equipo CAEL.