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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

BOE: incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES)

Se ha publicado en el BOE de 16 de febrero de 2019, el Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES).

Objeto: ayudas a actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas en todo el territorio nacional.

Beneficiarios: entre otros,

Para las actuaciones 1 y 2 definidas en el anexo I:

e) El sector público que comprende, según el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, la Administración General del Estado, las administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la administración local y el sector público institucional, integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas y las universidades públicas.

Para las actuaciones 3 y 4 del anexo I: Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas todos los enumerados para las actuaciones 1 y 2 a excepción de los identificados en los apartados b) y c) respectivamente, relativos a personas físicas y comunidades de propietarios.

Obligaciones esenciales de los destinatarios últimos de las ayudas: el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, presentar la documentación exigida en el anexo II y toda aquella que figure en las convocatorias de las comunidades autónomas.

Actuaciones subvencionables: deberán cumplir los requisitos que se establecen en el anexo I:

  • Actuación 1: Adquisición de vehículos de energías alternativas, siendo obligatorio el achatarramiento de un vehículo M1 de más de diez años o de un vehículo N1 de más de siete años para las adquisiciones de vehículos nuevos M1 o N1.
  • Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
  • Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas.
  • Actuación 4: Implantación de medidas contenidas en planes de transporte al trabajo en empresas.

Cuantía de las ayudas: se incluyen en el anexo III para cada una de las actuaciones subvencionables.

Para más información, consulte aquí el Real Decreto.

Atentamente,

 

Equipo CAEL.

BOE, Subvenciones