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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

BOJA: Calendario de días inhábiles Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.

Se ha publicado en el BOJA de 15 de noviembre de 2018, la Orden de 9 de noviembre de 2018, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.

Días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para al año 2019.

Para el año 2019 son días inhábiles, a efectos de cómputos de plazos, los sábados, domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con el Decreto 96/2018, de 22 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019:

 

  • 1 de enero (martes).
  • 7 de enero (lunes).
  • 28 de febrero (jueves).
  • 18 de abril (jueves).
  • 19 de abril (viernes).
  • 1 de mayo (miércoles).
  • 15 de agosto (jueves).
  • 12 de octubre (sábado).
  • 1 de noviembre (viernes).
  • 6 de diciembre (viernes).
  • 9 de diciembre (lunes).
  • 25 de diciembre (miércoles).

 

Días inhábiles en el ámbito de cada municipio.

Se entenderán inhábiles, a efectos de cómputos de plazos administrativos, en el ámbito territorial de cada municipio de la Comunidad Autónoma para el año 2019, hasta dos días, que serán los que, a efectos laborales, establezca la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de la Junta de Andalucía para dicho año, en los términos recogidos en la Orden de 11 de octubre de 1993, por la que se regula el procedimiento a seguir para la determinación de las fiestas locales, inhábiles para el trabajo, retribuidas y no recuperables, en los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

CORRECCIÓN DE ERRORES

15/04/2019

Se ha publicado en el BOJA de 15 de abril de 2019, Corrección de errores de la Resolución de 14 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.

 

 Para consultar la misma, pinche aquí.

 

CORRECIÓN DE ERRORES

(02/04/2019)

Se ha publicado en el BOJA de 02 de abril de 2019, Corrección de errores de la Resolución de 14 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019 (BOJA núm. 245, de 20.12.2018).

 

Algunos errores a subsanar son:

En la página 229, donde dice:

Ubrique 3 de junio 8 de septiembre

Debe decir:

Ubrique 3 de junio 9 de septiembre

Para consultar el resto de errores a subsanar y la publicación, pinche aquí.

 

CORRECCIÓN DE ERRORES

(07/02/2019)

Se ha publicado en el BOJA de 7 de febrero de 2019, Corrección de errores de la Resolución de 14 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019 (BOJA núm. 245, de 20.12.2018).

 

Algunos de los errores a subsanar son:

En la página 229, donde dice:

Chiclana de la Frontera 13 de julio 9 de septiembre.

Debe decir:

Chiclana de la Frontera 13 de junio 9 de septiembre.

Para consultar el resto de errores a subsanar y la publicación, pinche aquí.

(20/12/2018)

Se ha publicado en el BOJA de 20 de diciembre de 2018, la Resolución de 14 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2019.

Para consultar la misma, pinche aquí.

 

Días inhábiles en el Registro telemático único.

A efectos de cómputos de plazos, los días inhábiles del Registro telemático único previsto en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet), serán los declarados inhábiles para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que sea de aplicación lo dispuesto en el apartado 2.

En todo caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no será aplicable al Registro telemático único lo dispuesto en el artículo 30.6 de la citada ley.

 

Para consultar la Orden, pinche aquí.

 

Atentamente,

 

Equipo CAEL.

 

 

Para consultar la Orden, pinche aquí.

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