MINISTERIO: Control de la Cuenta 413.
Se ha publicado en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales del Ministerio de Hacienda, Nota sobre el control de la cuenta 413.
La nota es un recordatorio a las Corporaciones Locales sobre la necesidad de dar cumplimiento a la obligación que tienen de controlar el desarrollo de la cuenta (413), «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto», con arreglo a la disposición adicional tercera, “Control de entidades de Administraciones Públicas no sujetas a auditoría”, de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.
Según dicha norma, “En las entidades de las Administraciones Públicas no sujetas a auditoría de cuentas se efectuarán anualmente los trabajos de control precisos para, mediante técnicas de auditoría, verificar la existencia de obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para los que no se ha producido su imputación presupuestaria.”
La norma afecta a aquellas entidades del sector Administraciones Públicas que no están sujetas a auditoría de cuentas, para las que deben efectuarse trabajos de control al objeto de comprobar la existencia de las obligaciones recogidas en la citada cuenta (413).
Para acceder a la misma, pinche aquí.
Así mismo se recoge el saldo de la cuenta Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto de los distintos municipios de la provincia de Cádiz.
Atentamente,
Equipo CAEL.