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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

BOP: Subvenciones para municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Cádiz para la realización de fiestas y festejos populares para 2018.

RESOLUCIÓN DEFINITIVA

Se ha publicado en el BOP de 17 de octubre de 2018, la Resolución definitiva de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, correspondiente a la convocatoria de 2018 para la realización de Fiestas y Festejos populares en municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Cádiz.

Para consultar la misma, pinche aquí.

RESOLUCIÓN PROVISIONAL

Se ha publicado en el BOP de 23 de agosto de 2018, la Resolución provisional de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, correspondiente a la convocatoria de 2018 para la realización de Fiestas y Festejos populares en municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Cádiz. 

Para consultar la misma, por favor, pinche aquí.

CONVOCATORIA

Se ha publicado en el BOP de 21 de mayo de 2018, la Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia para municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Cádiz para la realización de fiestas y festejos populares para 2018.

El objeto: ayuda para la realización de ferias y festejos populares en los términos municipales de los municipios de menos de 20000 habitantes y las Entidades Locales Autónomas (ELAS) de la Provincia de Cádiz, para el año 2018.

Gastos subvencionables: los ocasionados con motivo de la celebración de sus fiestas patronales y/o festejos en su municipio o entidad. En particular, serán los siguientes tipos de gastos:

  1. Asistencia técnica para la organización y montaje de la totalidad de la feria o evento, cuando se contrate la totalidad de la feria con un único proveedor.
  2. Cuando la feria se organice desde el propio Ayuntamiento o ELA:
  • Alquiler de stands y/o carpas.
  • Publicidad y promoción de la feria o evento.
  • Alquiler de iluminación de la feria o evento.
  • Sonido y megafonía de la feria o evento.
  • Realización de degustaciones de productos autóctonos locales.
  • Actividades complementarias como por ejemplo representaciones artísticas y musicales, ludotecas, hinchables y otros, que se desarrollen dentro de la feria o evento, como parte integrante del mismo.
  • Decoración.

Se admitirá un solo proyecto por entidad solicitante, entendiéndose que son subvencionables las actividades realizadas entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2018.

Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes: las solicitudes, que habrán de ajustarse al modelo que acompaña al anuncio de esta convocatoria, podrán presentarse, junto con los Anexos II y III y demás documentación establecida en las presentes bases, en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Para consultar las bases pinche aquí.

 

Atentamente,

Equipo CAEL.

Subvenciones, BOP