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Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz

BOE: 24 de Marzo sobre la prorroga para 2018 el destino superávit de las corporaciones locales para inversiones financieras sostenibles

El Congreso de los Diputados, en su sesión del 12 de abril de 2018, acordó convalidar el Real Decreto-ley 1/2018, de 23 de marzo, por el que se prorroga para 2018 el destino del superávit de las corporaciones locales para inversiones financieramente sostenibles y se modifica el ámbito objetivo de éstas.

Para acceder a la Resolución, pinche aquí.

 

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 1/2018, de 23 de marzo, por el que se prorroga para 2018 el destino del superávit de las corporaciones locales para inversiones financieramente sostenibles y se modifica el ámbito objetivo de éstas.

 

El artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), regula la regla de gasto aplicable a la Administración Central, a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales. 

La LOEPSF establece, en su artículo 32, que el superávit alcanzado por Estado, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, debe ir destinado a la reducción del nivel de endeudamiento neto.

 

No obstante, con posterioridad, se estableció una regla especial para el destino del superávit recogido en el artículo 32 de la LOEPSF. Así, la disposición adicional sexta de la LOEPSF, permite, desde el año 2014, a las Corporaciones Locales que:

- presentan superávit y remanente de tesorería para gastos generales positivo,

- así como un nivel de deuda pública inferior al límite a partir del cual está prohibido el recurso al endeudamiento

- y un período medio de pago a proveedores que no supera el plazo máximo de pago establecido en la normativa de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales,

destinar su superávit a financiar inversiones que deben ser financieramente sostenibles a lo largo de la vida útil de la inversión.

 

Esta medida de flexibilidad en el destino del superávit se aplicó por vez primera en 2014 y se ha prorrogado en los ejercicios2015, 2016 y 2017.

 

Por razones de urgencia y de carácter extraordinario, resulta necesario incluir la prórroga en un Real Decreto-ley, para el 2018, resultando necesario introducir modificaciones en el ámbito objetivo.

 

Para consultar las condiciones de la prórroga y la modificación del ámbito subjetivo pinche aquí.

 

Atentamente,

 

Equipo CAEL.

 

BOE