Real Decreto 1040/2017, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio (PMP a proveedores de las APblcas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación)
Se ha publicado en el BOE de 23 de diciembre de 2017, Real Decreto 1040/2017, de 22 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Se modifica el RD 635/2014, de manera que se clarifica la diferencia entre el concepto del periodo medio de pago a proveedores al que se refiere la LOEPSF, y el plazo máximo de pago que establece la normativa de morosidad de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
Se ajusta la metodología del cálculo, aclarando el modo en el que se deben computar los días de pago o pendientes de pago, cuando se requiera la aprobación de una certificación de obra, o sea necesario acreditar la conformidad con los bienes entregados o los servicios prestados.
Por otra parte, se introducen algunas modificaciones en el procedimiento a seguir para la retención de los importes a satisfacer de la Participación en los Tributos del Estado para las entidades locales.
Las entidades obligadas a publicar el PMP de manera mensual, llevarán a cabo su primera publicación siguiendo estas premisas en el mes de junio de 2018, referida a los datos del mes de abril.
Las entidades que realicen publicaciones trimestrales, llevarán a cabo su primera publicación en estos términos en el mes de septiembre de 2018, referida a los datos del segundo trimestre de 2018
Puede consultar aquí la publicación en BOE.